Formas de donar
Los donantes con visión de futuro pueden garantizar que nuestras escuelas sigan brindando una educación de calidad a todos nuestros estudiantes, no solo hoy, sino también para las generaciones venideras. Tú puedes ayudar a mantener nuestra importante misión educativa para el futuro al incluir una sencilla disposición en tus planes sucesorios que designe a la Fundación Educativa de Santa Bárbara como beneficiaria de:
Legado en un testamento o en un fideicomiso en vida
La forma más sencilla de incluir la educación pública en tus planes sucesorios es mediante un legado simple en tu testamento o fideicomiso en vida, en el que designes a la Fundación para la Educación de Santa Bárbara como beneficiaria de una cantidad específica en dólares, un porcentaje de tu patrimonio, el remanente de tu patrimonio o algún bien mueble o inmueble.
El texto recomendado se puede encontrar en este enlace para Texto para el legado.
Activos para la jubilación
Una forma muy ventajosa desde el punto de vista fiscal de dejar una donación testamentaria a la SBEF es designar a la Fundación Educativa de Santa Bárbara como beneficiaria de su cuenta IRA, pensión de jubilación o renta vitalicia. Todos estos activos estarán sujetos a una tributación significativa (tanto en el impuesto sobre la renta como en el impuesto sobre sucesiones) si los deja a sus herederos. En cambio, el valor total del activo puede transferirse libre de impuestos a una organización benéfica que cumpla con los requisitos, como la SBEF. Es fácil designar a la SBEF como beneficiaria total o parcial en los formularios que te proporcione el custodio de tus activos.
Póliza de seguro
También puedes designar a SBEF como beneficiario de una póliza de seguro existente que ya no necesites o contratar una nueva póliza en la que se designe a SBEF como beneficiario.
Renta vitalicia caritativa
Las anualidades de donaciones caritativas (CGA) ofrecen a los donantes la oportunidad de obtener una deducción fiscal por donación caritativa en el presente y un ingreso de por vida a tasas de pago fijas determinadas por la edad del beneficiario, a cambio de una donación irrevocable inmediata de efectivo o valores. Las CGA se ofrecen en colaboración con la Fundación Educativa de Santa Bárbara y solo requieren un contrato sencillo entre el donante y la Fundación. Los donantes mayores de 70 años y medio también pueden financiar una CGA con hasta 54 000 dólares directamente desde su cuenta IRA y no tener que pagar impuesto sobre la renta por la distribución caritativa calificada.
Donaciones mediante transferencia de cuentas IRA
Si tienes 70 años y medio o más, puedes realizar una aportación mediante transferencia desde tu Cuenta de Retiro Individual (IRA), hasta un máximo de 108 000 dólares al año, a una organización benéfica calificada como la Fundación para la Educación de Santa Bárbara. Con una transferencia de este tipo, el monto transferido desde tu IRA no se considera ingreso imponible para ti. Simplemente llama al administrador de tu IRA para solicitar que se realice una distribución directamente a la Fundación para la Educación de Santa Bárbara. De esta manera, estarás contribuyendo a garantizar oportunidades educativas públicas para las futuras generaciones de estudiantes.
Designaciones de beneficiarios directos
Una de las formas más sencillas de hacer una donación testamentaria a la SBEF, sin tener que desembolsar dinero en este momento, es mediante la designación directa de beneficiarios desde una cuenta corriente, de ahorros o de inversión. Solo tienes que pedirle a tu banco o a tu asesor financiero un nuevo formulario de beneficiarios para completarlo y nombrar a la SBEF como beneficiaria caritativa. Estas donaciones suelen denominarse «donaciones con pago o transferencia al fallecer» (POD/TOD).
Fideicomisos caritativos remanentes
Este tipo de donaciones pueden proporcionarles a usted y a su cónyuge ingresos de por vida, a tasas significativamente más altas que las de los certificados de depósito (CD), y son más seguras que el volátil mercado de valores. Además, estas donaciones irrevocables le permiten obtener una deducción del impuesto sobre la renta en este momento. Podemos ponerlo en contacto con un experto en donaciones planificadas que responderá sus preguntas y le proporcionará proyecciones gratuitas que detallen los beneficios que le ofrecería una donación con ingresos vitalicios.
Donaciones de bienes inmuebles
Se pueden realizar donaciones directas de bienes inmuebles a la Fundación Educativa de Santa Bárbara (SBEF), evitando así el impuesto sobre las ganancias de capital por la venta de una propiedad que se haya revalorizado. También existe un tipo de donación denominada«dominio vitalicio» (o «dominio vitalicio retenido»)que permite al donante ceder la titularidad de su vivienda a una organización benéfica como la SBEF sin dejar de vivir en ella, mediante un acuerdo firmado en el que se compromete a seguir pagando todos los impuestos y los gastos de mantenimiento durante toda su vida. Esto permite obtener una deducción fiscal por donación benéfica que se puede aplicar en el momento en que se transfiere el título de propiedad a la organización benéfica. Además, se reconoce de inmediato una donación por un monto equivalente al valor de tasación de su vivienda.
Para obtener más información, llame al (805) 284-9125 o envíe un correo electrónico a Va*****@*******************on.org.
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